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Modelo
de Policía

Modelo de Policía
de Proximidad

En una decisión trascendental para la seguridad y convivencia en Querétaro, el Gobernador Mauricio Kuri González ha liderado una reforma innovadora en la normativa de seguridad, la cual fue respaldada y aprobada por los legisladores del Estado. Esta reforma sienta las bases para la consolidación del nuevo Modelo de Policía de Proximidad, redefiniendo el papel del personal de seguridad pública en Querétaro.

El Policía de Proximidad, como resultado de esta reforma, no solo tiene la autoridad legal para ejercer la fuerza pública cuando sea necesario, sino que también se destaca por su habilidad excepcional para resolver conflictos de manera pacífica y dialogada. Este enfoque sigue los principios y procedimientos establecidos por la Ley, promoviendo la armonía social y el respeto a las normas jurídicas en todos los ámbitos de la justicia, desde lo cotidiano hasta lo penal, permitiendo la conceptualización del Policía de las Tres Justicias: Justicia Cívica, Justicia Penal y Justicia Cotidiana

La función primordial de estos profesionales es crear un tejido más fuerte entre la policía y la comunidad, fomentando la colaboración y el apoyo mutuo. La reforma respalda un modelo de servicio donde la honestidad, eficiencia y responsabilidad son los pilares sobre los cuales se construye la confianza con la comunidad que sirven.

En este modelo participan las 18 corporaciones policiales de los municipios del estado, así como la Policía Estatal

Características del Modelo

La Ley de Seguridad para el Estado de Querétaro, establece el concepto de Policía de Proximidad, por lo que Querétaro es el único estado que lo define con precisión y con ello da claridad al gobernado y a la autoridad sobre lo qué es un policía de proximidad.

El artículo 6, fracción XVIII de la citada norma, define al Policía de Proximidad como el “Agente facultado para el uso legal de la fuerza pública, con capacidades para aplicar las diversas técnicas de los mecanismos alternativos de solución de conflictos establecidos en la Ley, para procurar la convivencia comunitaria en el ámbito de la justicia cotidiana, para vigilar el debido cumplimiento de las normas jurídicas en el ámbito de la justicia cívica y para la investigación de los delitos en el ámbito de la justicia penal”.

En otras palabras, nuestro policía de las 3 justicias, hace justicia penal al aplicar el Protocolo de Actuación del Primer Respondiente ante la comisión de un delito y al ser el único en el país en registrar denuncias en el lugar de los hechos a través de tabletas electrónicas; hace justicia cívica al vigilar la convivencia y aplicar las sanciones ante las faltas administrativas por la comisión de incivilidades y, en el ámbito de Justicia Cotidiana, por primera vez en el país, se reconoce su función mediadora, por lo que están facultados para celebrar convenios entre los ciudadanos que tengan un conflicto.

Definición del Policía de Proximidad Queretano

El Policía de Proximidad es un profesional que tiene la autoridad legal para ejercer la fuerza pública cuando sea necesario, pero también la habilidad para resolver los conflictos de manera pacífica y dialogada, siguiendo los principios y procedimientos de la Ley. Su función es promover la armonía social y el respeto a las normas jurídicas en los diferentes ámbitos de la justicia, desde la cotidiana hasta la penal. Para ello, cuenta con el apoyo y la colaboración de la comunidad, a la que debe servir con honestidad, eficiencia y responsabilidad.

Tres Justicias

Justicia Penal

La Justicia Penal se aplica exclusivamente a asuntos de índole penal relacionados con los delitos y se logra mediante la coordinación eficiente entre las autoridades que participan en la investigación del delito, el ejercicio de la defensa durante el proceso, la reparación integral a la vícitima y la ejecución de las sanciones.

Es primordial la protección de los Derechos Humanos y el pleno acceso a la justicia penal de las personas vinculadas y de las personas víctimas del delito.

Justicia Cívica

La justicia cívica es el conjunto de estrategias y acciones implementadas por las autoridades para preservar la convivencia social y procurar la cultura cívica con la participación comunitaria.

La Justicia Cívica se aplica exclusivamente a las faltas administrativas y a los conflictos comunitarios, no se debe confundir en ningún momento con un marco jurídico vinculado a asuntos penales relacionados con los delitos.

La justicia cívica busca el fomento de la cultura de la legalidad que favorezca la convivencia social y la prevención de conductas que afecten la convivencia armónica y el orden normativo, mediante el establecimiento de reglas mínimas y mecanismos para las sanciones derivadas de faltas administrativas que favorezcan la convivencia cotidiana, con respeto al principio de legalidad y a los derechos fundamentales.

Justicia Cotidiana

La justicia cotidiana puede ser entendida como el conjunto de instrumentos y mecanismos de que dispone o apoya el Estado para resolver directamente los conflictos de los ciudadanos con otros ciudadanos y en algunos casos, de éstos con las autoridades públicas; Es aquella distinta a la penal, que vivimos todos los días en nuestro trato diario y facilita la paz social y la convivencia armónica, es decir, que la Justicia Cotidiana se encarga de resolver los problemas del día a día de las personas, reduciendo las barreras que impiden que los ciudadanos accedan a las vías institucionales para resolver sus conflictos.

Los policías de proximidad, aplican los mecanismos alternativos de solución de conflictos relacionados a la justicia cotidiana en el ámbito social y comunitario, para que las partes celebren ante su intervención convenios conciliatorios.

En este modelo participan las 18 corporaciones policiales de los municipios del estado, así como la Policía Estatal

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